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domingo, 12 de enero de 2014
TEJIDO SOCIAL Y DEGRADACIÓN URBANA
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jueves, 17 de febrero de 2011
STEVE JOBS GANA LA BATALLA DE LA IGNORANCIA
miércoles, 27 de enero de 2010
¿QUÉ ARQUEOLOGÍA? ¿QUÉ PATRIMONIO?
martes, 26 de enero de 2010
LE SERVICE PUBLIC (?) DE L’ARCHÉOLOGIE EN ESPAGNE OU L’OEUF DU SERPENT
Participación en el Foro Social Europeo de Paris-Saint Denis, novembre 2003 (texto en francés)
LE SERVICE PUBLIC (?) DE L’ARCHÉOLOGIE EN ESPAGNE OU L’OEUF DU SERPENT
lunes, 25 de enero de 2010
PATRIMONIO, ACTORES SOCIALES Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Ricardo González Villaescusa
La arqueología preventiva en Francia, de urgencia entre nosotros (cosas de la semántica...), frente a la actividad científica programada, aparece por los años 70 y 80, coincidiendo con la transición (1975-1982). Esta situación provocó en la Comunidad Valenciana un funcionamiento de facto de la arqueología de urgencia sin marco legal específico entre 1979 (elecciones municipales) y 1985 (ley 16/1985) y sin marco comunitario hasta 1998 (ley 4/1998). Y esa situación de hecho derivó a principios de los 90 en una financiación privada, necesaria y contemplada en la Carta de la Convención de Malta. Pero, desposeída de soporte legal, derivó a una arqueología a remolque de dinámicas urbanísticas y especulativas que le eran ajenas. Aunque por aquel entonces manifestábamos estar de acuerdo con esa financiación, había que entender esa anuencia en un marco legal y prever sus consecuencias lógicas, impidiendo una dejación del control público de la producción científica derivada de las excavaciones.
Pero la ley 4/1998 del Patrimonio Cultural Valenciano en su artículo 62.2 afirma precisamente que las actuaciones arqueológicas o paleontológicas serán: “... a cargo del promotor de las obras”. El efecto perverso previsible de una medida progresista “quien destruye patrimonio paga”, (no olvidemos que el patrimonio no es renovable), se ha convertido en “quien destruye gestiona” o “quien paga manda”. En la práctica, se ha producido una sustitución de un modelo de gestión y financiación pública (con sus defectos) por un modelo de financiación privada bajo la influencia de las leyes del mercado y una ausencia efectiva de controles (sin virtudes científicas).
En la Comunidad Valenciana, vista con interés por los fenómenos de globalización porque las PYMES representan un 99,89% de las empresas y las microempresas un 95,5%, la profesión de arqueólogo toma conciencia como profesional liberal y autónomo y no, como ocurre en Francia, como trabajadores por cuenta ajena que han protagonizado entre 1999 y 2001 la consecución de logros sociales de amplio alcance. El gobierno de L. Jospin aceptó emprender una importante labor legislativa sobre la arqueología preventiva que, finalmente, es reconocida legalmente como una labor de servicio público permanente, científicamente realizada en nombre del Estado (por un establecimiento público y por personal de derecho público) y para la sociedad, financiada por un canon fiscal, una arqueotasa, pagado por los promotores privados y públicos.
Esta evolución divergente explica que la mayor defensa del patrimonio como valor social ha sido protagonizada fundamentalmente por la sociedad civil valenciana y no sólo por los arqueólogos. Los actores sociales reunidos bajo la forma de plataformas, los SALVEM…, que han reaccionado contra una actividad urbanística depredadora y legitimada por una avalancha de chantajes economicistas. Los Salvem... han acudido a argumentos de carácter patrimonial de un nivel superior, el paisaje rural o urbano como Patrimonio: la Huerta, el Cabanyal, La Punta...
Se hace imprescindible, pues, que la comunidad científica y los actores sociales creen nuevos procedimientos de debate científico y social que permita a los agentes sociales decidir con conocimiento de consecuencia (no de causa) sobre su futuro, sobre la gestión de su espacio, sobre la dinámica de sus territorios y de sus ciudades.
domingo, 24 de enero de 2010
LA REFORMA DE LA LEY DEL PATRIMONIO CULTURAL O LA EXCEPCIÓN VALENCIANA
La aprobación en sede parlamentaria en el agitado plenario del pasado día 6 de octubre de la modificación de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano (LPCV) que da vía libre al principio de “excepcionalidad” en las intervenciones urbanísticas en los “Conjuntos Históricos” declarados como Bien de Interés Cultual (BIC) (Levante-EMV, 7-10-04), mediante la introducción en la nueva redacción del artículo 39 de la posibilidad real de modificaciones de su estructura urbana y arquitectónica, devaluando así esta figura de protección, ha facultado el “agiornamento” de análisis y reflexiones personales en torno a la misma vertidos en los artículos de opinión “La nueva ley del patrimonio cultural” (Levante-EMV, 5-9-97) y “El patrimonio construido y la nueva ley” (Levante-EMV, 3-9-98).
En este sentido, destaca sobremanera el miope rechazo del grupo mayoritario en las Cortes Valencianas de la figura del Paisaje Histórico Protegido como una nueva categoría de BIC, ante las nuevas amenazas contra el territorio valenciano, sometido a recalificaciones de millones de metros cuadrados de ámbitos antropizados constituidos a lo largo de los últimos dos milenios de historia y que están desapareciendo a ojos vista, privando a los ciudadanos presentes y futuros del derecho al paisaje, entendido éste como el resultado de la acción de factores naturales o humanos y su interrelación, constitutivos por si mismos de un bien cultural preciso, definido y delimitable.
En definitiva, el Paisaje, junto a la lengua, moldean una buena parte de las idiosincrasias esenciales que conforman la cultura identitaria y el imaginario colectivo de los distintos pueblos y nacionalidades históricas como la nuestra, así l´Horta de Valencia, el Palmeral de Elx o “les riberes” del Xúquer pueden devenir iconos del Himno de la Exposición Regional de 1909 del maestro Serrano o bien, desde posiciones ideológicas como las de Samir Amin, puras geografías “transnacionales”.
Frustrada mejora de la LPCV, que además hubiera posibilitado la adecuación de nuestro tristemente remozado texto legislativo con la Convención Europea de los Paisajes (CEP) de Florencia, por lo demás firmada en el año 2000 por el anterior gobierno español.
Asimismo han resultado estériles los esfuerzos intelectuales progresistas por mejorar la definición de los Bienes Inmateriales, encaminados a otorgar notoriedad a aquellos que vienen a ratificar nuestros hitos culturales específicos, o singularmente los destinados a facilitar y promover la legítima colaboración de los ciudadanos y de asociaciones públicas o privadas en los procedimientos reglamentarios de incoación de los bienes culturales sujetos a la custodia de las administraciones públicas y en las intervenciones urbanístico-patrimoniales que les afecten, limitando la proverbial discrecionalidad de las mismas, como en el caso del PEPRI denominado de la Muralla Islámica del Barrio del Carmen, que contrariamente ha ejemplificado de facto un nuevo modelo de urbanismo participativo, digno de mejor arropamiento jurídico, estrenado por el Director General de Arquitectura Fernando Mut.
Sin olvidar propuestas constructivas más puntuales destinadas a prevenir “pastiches” arquitectónicos relevantes como los nuevos sobreelevados del “Eixample” modernista de Valencia o la aberrante cubierta metálica acristalada del patio del propio “Palau de la Generalitat”, igualmente arrumbadas por la mecánica parlamentaria de mayorías y minorías.
Por su parte, el sesgo “antimunicipalista” original de la Ley 4/98, denunciado entonces por Jesús Huguet en sede parlamentaria (Levante-EMV, 4-2-98), tampoco ahora ha podido ser soslayado, a pesar de que los ayuntamientos son los mejores conocedores del patrimonio local y los más directamente afectados por la catalogación de sus bienes culturales.
En definitiva, este pasmoso tejer de día (1998) y destejer de noche (2004) de la, aún pendiente de desarrollo reglamentario, ley marco del patrimonio cultural valenciano por parte de la misma fuerza política que la alumbró hace apenas un lustro, bien podría responder a la necesidad perentoria de ventilar de un cortante golpe el “nudo gordiano” del intrincado proceso de descatalogación de los Bienes de Interes Cultural, ya apuntado en el segundo de los artículos citados más arriba y en el titulado “Blasco Ibañez, el Cabanyal y la ley de patrimonio” (Levante-EMV. Territorio y Vivienda, 7-3-99) del arquitecto Vicente Gallart, para el que son necesarios los informes favorables de dos instituciones consultivas. Camino de espinas sin atajos que las administraciones valencianas no parecen haber estado dispuestas a transitar en ningún momento en el caso del pronosticado sventramento del Cabanyal.
PROGRESO Y PATRIMONIO HISTÓRICO
Levante-EMV, 17 de octubre de 2004
La disyuntiva entre “progreso” y Patrimonio Histórico que ha reintroducido la modificación de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano (Ley 4/98), o “Plan Pons”, forzosa y forzada por el mediático ex conseller de Cultura para paliar una anunciada sentencia de los tribunales contraria al “sventramento” del Cabanyal, la construcción de un palacio de congresos en las laderas del Benacantil o los intereses en general del “gremio del atobón” en el maltratado litoral valenciano es, sin más, espuria. El caso más esperpéntico de tropelías con el patrimonio materializado en la isla de Tabarca, posibilita una reflexión integral sobre el futuro posible del Patrimonio Histórico-Artístico valenciano, más allá de la noción decimonónica del inexorable “progreso” humano, compartida por el socialismo utópico de Owen.
En realidad, tal como plantea Clint Eastwood en “El Jinete Pálido” ante el cacique local, se trataría de determinar por extrapolación, si se está hablando del “progreso suyo” o de “el progreso de ellos” –por el de los explotados-, estableciendo el sujeto beneficiario último.
Así, Lourdes Roca, presidenta de la Comisión de Arqueología del CDL de Valencia ha señalado valientemente cómo el Patrimonio Histórico no puede ser valorado sin más por las Administraciones Públicas como una traba para el desarrollo inmobiliario de nuestras urbes. En esa tesitura la dificultad radica entonces en los propios responsables de la cosa cultural, textualmente: “Si el patrimonio estorba, el problema, desgraciadamente, es el gestor” (sic) (Levante-EMV, 15-11-2003).
Y si, como atribuye el azucarillo del bar a Víctor Hugo, “toda pasión se esfuma con la edad”, no parece llegado el momento en el que el tiempo nos alcance, como para renunciar a las potencialidades económicas que la puesta en valor del patrimonio valenciano podría conllevar, convirtiéndose en uno de los más destacados yacimientos de empleo venideros, relativos a las sinergias económicas vinculables con los rendimientos del turismo cultural de los centros históricos de nuestras vetustas ciudades, ahora que el turismo de sol y gambas parece agotar su recorrido.
Baste recordar cómo en las memorables Jornadas de Morella (2002) “El Patrimoni Cultural a debat”, se propuso un pacto local a favor de la protección legal de los “constructos culturales” como el Palmeral de Elche o l´Horta de Valencia. Y ahora, para más INRI, se solicita por la administración autonómica popular la declaración de Patrimonio de la Humanidad para el Tribunal de las Aguas, olvidando que dicha institución legendaria hace tiempo que quedó sin funciones reales, precisamente por la desaparición del medio histórico que le dio origen, esto es, la propia realidad física antropizada de la Huerta milenaria, con sus parcelas, “ceberes”, caminos rurales, “peirons”, acequias, cosechas específicas (xufa, bajoqueta, garrofó, etc.) y sobre todo su patrimonio inmaterial más precioso, sus abnegados labradores. Pronto llamados a convertirse en figurantes del mayor parque temático agrario de Europa o a desaparecer víctimas del desarraigo, como ya ha ocurrido en Campanar, con sus derribadas alquerías góticas, o en los enterrados paisajes de la Punta d´En Silvestre.
Como señala el historiador E. J. Hobsbawm en su autobiografía profesional Unos años interesantes. Una vida en el siglo XX, la mera aprehensión positivista de los hechos históricos no deja de ser una ingenuidad metodológica; por tanto, el patrimonio en sí no existe, hay que construirlo y para ello hace falta una administración que genere patrimonio. Preocuparse por el que existe es necesario, pero generar más patrimonio eso ya es de nota: ¿dónde están los inventarios de los paisajes protegidos como recomienda la Convención Europea de los Paisajes de Florencia (2000) firmada por España? Incapaces todos de actuar sobre el patrimonio cultural desde los principios de la economía ecológica del profesor Luigi Fusco, podrían obtenerse desde su materialidad misma, extraordinarios réditos sociales y económicos, tales como la necesaria cristalización de la endeble memoria colectiva del pueblo valenciano.
SÍSIFO O LA CONTRARREFORMA DE LA LEY DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO
Ricardo González Villaescusa


