THE BARCELONA DECLARATION ON ANCIENT JEWISH CEMETERIES
Los profesionales y expertos reunidos en Barcelona en el marco de las jornadas internacionales «La intervención arqueológica en las necrópolis históricas. Los cementerios judíos», celebradas los días 15 y 16 de enero de 2009, conscientes de la necesidad de aportar nuestro grano de arena a la reconstrucción de los fundamentos científicos de nuestro pasado común, en especial en lo relacionado con los procesos de estudio y tratamiento de los restos humanos aparecidos en cementerios históricos, queremos formular la declaración siguiente, con vistas a posteriores deliberaciones (ICOMOS) y posibles actividades:
1. En el marco de las declaraciones de derechos humanos y de los principios democráticos y las leyes vigentes en cada país, consideramos que el derecho público —en sus distintas vertientes— y el patrimonio público son los ámbitos conceptuales en los que deben hallar su encaje las sensibilidades particulares relacionadas con el patrimonio en general y las necrópolis antiguas en particular.
2. Las necrópolis antiguas son un testimonio físico de primera magnitud, insustituible y de importancia capital para el estudio de esta base cultural y de la diversidad y características de las poblaciones que las crearon y utilizaron.
3. La aplicación de metodologías científicas —tanto desde una vertiente social como biológica— para el estudio de poblaciones antiguas desaparecidas, teniendo en cuenta todo lo que aporta el conocimiento que se tiene de los rituales que podrían corresponder a los grupos humanos enterrados, se demuestra como una forma fiable de poder alcanzar un conocimiento profundo y lo más objetivo posible sobre los antepasados.
4. El tratamiento de los restos aparecidos en necrópolis, cementerios o bien en tumbas individuales de carácter histórico, sea cual sea su tipología, antigüedad y adscripción cultural o religiosa, debe llevarse a cabo con el máximo cuidado y con garantías científicas y de respeto a su condición de restos humanos.
5. En este sentido, la arqueología y la antropología son dos disciplinas que permiten garantizar la actuación científica en el estudio de las necrópolis. Su actuación sobre los conjuntos funerarios siempre deberá llevarse a cabo desde las vertientes del estricto cumplimiento de los principios de derecho público del lugar donde se realice, aplicando las metodologías más adecuadas y de calidad contrastada, y dentro de la aplicación estricta de los principios de la ética profesional.
6. Las instituciones depositarias, con la autorización normativa correspondiente, deben garantizar por encima de todo y como mínimo: el tratamiento con respeto; la unidad de los conjuntos; la unidad de cada individuo; la identificación esmerada de todos los elementos custodiados; la conservación futura en las mejores condiciones físicas y de seguridad, así como el acceso a personas autorizadas para los estudios correspondientes.
7. Los restos humanos contextualizados —por fragmentarios que sean— y procedentes de intervenciones arqueológicas en necrópolis históricas son elementos básicos para los estudios sobre las poblaciones antiguas. Una vez que se han llevado a cabo dichos estudios, con el cuidado y el grado de intensidad que se ha estimado adecuado o ha sido posible, el lugar donde deben depositarse estos restos debe ser consultado entre las partes competentes en el asunto de acuerdo con las leyes vigentes.
8. Los datos y las conclusiones que se extraigan de los estudios sobre cementerios históricos deberían ser siempre de carácter público y accesibles a todas aquellas personas que lo soliciten y tengan interés en conocer su historia, tanto en lo referente a aquellos aspectos relacionados con los conocimientos físicos sobre los individuos estudiados como en lo referente a los aspectos culturales.
Renée Sivan, Neil A. Silberman, Laia Colomer, Vicent Lerma, Oriol Saula, Anna Colet, Daniel Botella, Isabel Santana, Joan-Lluís Pérez Francesc, Carme Miró, Eulàlia Subirà, Gemma Caballé, Ferran Puig, Max Polonovski, Jordi Casanovas y Joan Josep López Burniol.
Barcelona, 16 de enero de 2009
Versión castellana, catalana e inglesa en pdf
DECLARACIÓ DE BARCELONA_completa
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