domingo, 24 de enero de 2010

SÍSIFO O LA CONTRARREFORMA DE LA LEY DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO

Josep Vicent Lerma
Ricardo González Villaescusa
Levante-EMV, 25 de febrero de 2007
“Las leyes son semejantes a las telas de araña; detienen a lo débil y ligero y son deshechas por lo fuerte y poderoso”. Solón de Atenas (639-560 a.C.)
El lector avezado se desayunaba el pasado mes de abril de 2006 el sapo matutino de la redundante intención, con ribetes de “remake”, del gobierno valenciano de modificar por enésima vez, más concretamente la segunda en un mismo período legislativo (2003-2007), la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano (Ley 4/98) (LPCV), gracias a los fundados reparos hechos públicos por el Consell Valencià de Cultura (CVC), afectando paradójicamente la nueva reforma sobre todo a artículos ya enmendados en octubre de 2004 como el 38 o el 39 (Ley 7/04). Escenario más propio del mítico Sísifo y en consonancia con lo manifestado en su día en esta mismas páginas por el fiscal del Tribunal Supremo Antonio Vercher en el sentido de que “No se pueden elaborar leyes de usar, comprar y tirar”, en claro contraste con los veintiún años de fecunda estabilidad de la estatal Ley del Patrimonio Histórico Español ((Ley 16/85).
En este orden de cosas, llama la atención la orfandad intelectual del “remiendo” legislativo ahora ya aprobado, pues si bien podría atribuirse alguna paternidad ideológica de la LPCV original a la ex Directora General de Patrimonio Carmen Pérez (1995-1999) o al actual conseller del “urbanismo sandía” E. González Pons, émulo de “El Melonar de Valensia” de Constantí Llombart, en el forzado zurcido de hace apenas dos años para dar cobertura legal al “sventramento” del Cabanyal o al por fortuna frustrado esperpento del Palacio de Congresos del Benacantil. Cambalache mediante de pactar la permisividad para intervenir en los Bienes de Interés Cultural (BIC) a cambio de salvar de la piqueta al teatro romano de Sagunt (Levante-EMV, 20-09-2003).
Los cambios jurídicos que ahora se pretende introducir relativos a la posibilidad real de efectuar reconstrucciones incluso totales de monumentos protegidos (art. 38.1.d) o la imposición del principio de armonización / adaptación de las nuevas edificaciones o rehabilitaciones con los inmuebles preexistentes (art. 39.2.i), hasta el punto de regular sus morfologías ornamentales y texturas materiales (art. 39.2.j), por mor de un obsoleto gusto historicista encaminado a convertir nuestros Centros Históricos en escenografías teatrales de puro cartón piedra -olvidando como para Adolf Loos y el movimiento moderno “el ornamento es delito”-, no parecen disfrutar de progenitura putativa alguna, más allá de la que administrativamente corresponde al conseller del ramo Alejandro Font de Mora.
Salvo que de dar gusto se trate a algún sector mediático local contrario a supuestos “pastiches” como la acristalada sede del Colegio de Abogados, obra de los arquitectos Ignacio Bosch Reig y Carlos Campos, en la valenciana plaza de Tetuán, como el representado por un gacetillero conservador que con motivo de la primera intentona popular de revisión parlamentaria, ya tildaba sin rubor el texto del 98 de “torpe ley de Patrimonio, que contrariaba su propio proyecto”.
La metamorfosis copernicana experimentada ahora en la redacción de estos sobados artículos, contrasta sobremanera con la no tan lejana en el tiempo toma de posición pública del subdirector general del estatal Instituto de Patrimonio Histórico Álvaro Martínez-Novillo, en la época de la ultramontana ministra de Cultura Pilar del Castillo, interpretando la sentencia del Tribunal Supremo sobre el teatro romano de Sagunt como un “hito legal” encaminado a desterrar las reconstrucciones y “las intervenciones miméticas o historicistas” (sic) (Levante-EMV, 26-11-2002).
No obstante a la vista del traje a medida del presente proyecto de ley, parece más plausible la hipótesis de una maniobra anticipatoria que pretenda poner la venda antes que la herida, en la osada deriva de potenciales excesos reconstructores emprendida en el Real Monasterio de la Valldigna, en semántico paralelo con la impostura identitaria porfiada a expensas de sus expoliadas piedras, o en el azulado cortile del embajador Vich del museo de Bellas Artes de Valencia, caso de que no se pretenda dar una salida airosa al lacerante anuncio de demolición de la rehabilitación de Grassi y Portaceli del mencionado teatro saguntino, que sigue escociendo al actual Consell.
Así, si el Patrimonio Cultural limita presuntamente el crecimiento económico y el desarrollo urbanístico insostenible de la Comunidad Valenciana, las leyes encargadas de su tutela se “adaptan” sin complejos a la nueva realidad sociológica e inmobiliaria, con cuantas innovaciones leguleyas sean necesarias introducir para asegurar una máxima discrecionalidad arquitectónica y administrativa de sus gestores temporales, merced el uso y abuso de todo tipo de fundaciones y demás ingenierías culturales.

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